GOBIERNO DE
DIRECCION GENERAL DE FISCALIZACION DE OBRAS Y CATASTRO
Esta
Esta ley comenzó a entrar en vigencia a partir del año 2000, pero la realidad nos indica que nos estamos enterando de su existencia a partir de las intimaciones que nos llegan del Gobierno de
Para obtener el certificado de conservación, primero se debe pedir un presupuesto a un profesional matriculado, una vez aceptado el presupuesto el profesional concurre a la propiedad hace una inspección ocular, saca fotos, y si existiera alguna reparación para hacer, te indica el procedimiento, esta es la parte del informe técnico, y luego se pide la certificación una vez realizados los trabajos indicados, si existiera ese caso, tengan en cuenta que lo importante del trámite es la obtención del certificado, el informe técnico es necesario, pero el trámite termina con la presentación del Certificado de Conservación de la propiedad.
Cuando pidan los presupuestos verifiquen que el profesional, realice todo el trámite hasta el final, no se queden solamente mirando el precio del presupuesto, sino que lean detenidamente el detalle para verificar que al profesional que contratan realice todos los pasos que indica la mencionada ley.
Este Certificado de Conservación se debe presentar, dependiendo la antigüedad del inmueble, para los edificios más viejos cada dos años y para los más nuevos cada diez años.
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